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06 agosto 2019

Problemas electorales


Si habrá o no elecciones para salir de la dictadura no lo sabemos, pero si la oposición pudiera organizar el proceso electoral tendremos que resolver varios e importantes problemas.

El gobierno de Chávez y Maduro viciaron los procesos electorales de muchas maneras, y quienes dirigen el Consejo Nacional Electoral no protegieron el derecho al voto, a la representación popular e impidieron la participación de importantes sectores de la sociedad por el hecho de pensar diferente a ellos, por no querer ser dominados por el comunismo a la cubana.

El principal problema que debe enfrentar la oposición es la migración forzada por el hambre generada por el gobierno del socialismo del siglo XXI. Demás está decir que, si están fuera del país 4 o 5 millones de venezolanos, en su mayoría son los desencantados con la plaga militar. Los que se fueron al principio lo hicieron previendo el desastre económico al que nos iba a llevar la demagogia electrizante del iluminado de Sabaneta. Los que se fueron, y siguen yéndose, vivieron en su estómago las nefastas decisiones de Maduro y los muertos que ha traído la dictadura, los hermanos Rodríguez y el sinfín de compinches subyugados al dinero del petróleo.

En Venezuela, con casi 25% del electorado fuera del país, nos encontramos con la población dividida en 80% de oposición y 20% del gobierno (parece mentira que este gobierno pueda tener tanto apoyo a pesar de las penurias que nos hace pasar). Significa que necesitamos que los venezolanos en el exterior puedan ejercer su derecho al voto, para ello es necesario que el Estado venezolano implemente muchos centros de registro en el extranjero, no solo en las embajadas y consulados; además, que les otorgue el tiempo y hagan la divulgación suficiente para inscribirse. A los migrantes, con o sin problemas económicos, se les hará muy difícil ejercer el voto, pues tendrán que trasladarse largas distancias, algunos en climas exigentes; por ejemplo: Chile, en el que la migración se ha ubicado en pueblos del interior de ese país, trasladarse a Santiago es equivalente a un periplo.
 
También hay problemas con el registro electoral de los electores que siguen en el país, el CNE se ha encargado de mudar de su centro de votación a muchas personas sin su consentimiento, una manera de distraer y amargarle la vida a simples mortales, para los que votar es equivalente al esfuerzo de Sísifo.

Otro problema es la representación política de la oposición, a la cual el CNE ha perseguido, anulado y desconocido sin procedimiento alguno, es decir, sin otorgar el derecho a la defensa. A eso se le suma la intervención de partidos políticos por parte del Tribunal Supremo de Justicia, que ha desconocido a las autoridades electas y le ha entregado la dirección de esas organizaciones a seguidores y afectos del gobierno bolivariano (véase los casos de Copei y el Movimiento de Integridad Nacional o MIN-Unidad). Mientras no se regularice la situación de los partidos políticos anulados e intervenidos poco se podrá avanzar en la organización de unas elecciones, para las que se depende de los testigos y representantes electorales en las mesas. Cuando se podía postular por cada uno de los partidos había una competencia sana, el que lograba más votos demostraba su peso político, su capacidad de convocar, su organización interna y la conexión de sus dirigentes con el electorado. Esta es una realidad, el que tiene más votos puede aspirar a una mejor posición política en la siguiente elección.

Aunque la fecha de la elección pueda parecer lejana, no lo es. Si el proceso electoral se efectúa dentro de 9 meses, un año o año y medio, esto está a la vuelta de la esquina, por los problemas que he referido y por un detalle que se olvida. Imagínense que mañana es el día de la elección en el que podemos escoger un presidente democrático que respete las instituciones y gobierne conforme a la ley, que se comprometa en que regresemos a ser otra vez un Estado de Derecho.

Usted quiere votar, si vive en Caracas podría trasladarse en Metro si hay electricidad, en carro si lo tiene bueno, si hay gasolina; salir del barrio puede ser complicado. En el resto del país hay que acudir al sistema de transporte, los llamados carritos por puesto, busetas, buses o microbuses. Hoy son pocos los que funcionan, no tienen cauchos, frenos y demás repuestos. Si la oposición quiere movilizar a sus electores tendrá que contactar y ayudar a los propietarios de las unidades de transporte, y darles apoyo económico. Las personas que estén trabajando en las mesas tienen que comer, hay que preparar y llevarles alimentos y bebidas. El costo de esta particularidad del proceso electoral pocos la ven, pero es imprescindible.

El próximo proceso electoral puede que sea el primero sin el Plan República, sin los militares dentro de los centros electorales. Un proceso en el que los vestidos de verde no serán los que decidan si un testigo de la oposición puede tener o no acceso a observar cómo se desenvuelve la votación. En el que la fuerza de las armas no se imponga en un proceso netamente cívico. Su función podría quedar circunscrita al traslado de material y su custodia, y el día de la votación estar dedicados a colaborar con la policía en el control del orden público, fuera del recinto electoral. Se lo han ganado por su apoyo a la dictadura.

Ese día votaremos felices.

@rangelrachadell

23 julio 2019

El acta de nacimiento


En esta época de trámites, apostillas y legalizaciones, resulta que pocos saben el valor de los documentos que les da tantos dolores de cabeza. La burocracia no está diseñada para resolver problemas, por lo menos no aquí de este lado del muro.

El principal documento para poder viajar con un menor de edad es el acta de nacimiento, conocida antes como partida de nacimiento. Si el menor viaja con ambos padres no hay problema, se prueba la filiación con el acta y debería poder salir del país. Conozco casos de personas que casi pierden sus vuelos por exigencias inverosímiles de parte de los funcionarios de emigración. Si uno de los padres falleció debe presentar el acta de defunción. Para viajar por el territorio nacional solo es necesario la presencia de uno de los padres, eso sí, con el acta que prueba la filiación.

El acta de nacimiento es un documento curioso, por cuanto se desprende del certificado médico de nacimiento (para los nacidos en establecimientos de salud públicos o privados) y luego viene la declaración de los padres. Me comentan que la certificación está difícil por falta de material en los hospitales públicos.

La mencionada acta tiene datos importantes, con efectos jurídicos, y algunos de ellos se pueden cambiar, otros no. Empecemos con uno que no se puede cambiar, el sexo. Si usted cambia de sexo (transexual), en el estado actual de la jurisprudencia, si nació hembra o macho así se mantendrá toda la vida. Otra cosa es que se equivocasen al identificar el sexo, lo cual sucede, pero los tribunales tampoco aceptan reformar el acta de nacimiento por esta causa. Hay un supuesto de un dato aparente, pero no es el sexo, es la edad en el caso de los niños expósitos (los abandonados), la edad que se coloque es aproximada.

El acta prueba la filiación. La madre siempre es cierta (Mater semper certa est), la paternidad es un acto de fe y debe apurarse si tiene dudas. Se debe colocar los nombres, apellidos, nacionalidad, edad, profesión y residencia del padre y de la madre, que son los datos de identidad de los progenitores biológicos, omitiendo el estado civil de los mismos.


El Código Civil le otorga al padre un lapso corto de seis meses para interponer la acción de desconocimiento de la paternidad, contado desde el nacimiento o de conocer su ocultamiento. Si en un juicio logra demostrar que no es su hijo se tendrá que hacer la corrección en el acta. Puede que alguien quiera demandar a quien cree que es su padre, y si logra el reconocimiento mediante sentencia judicial, también le tendrán que reformar su acta de nacimiento. Aunque el caso no ha terminado, pueden solazarse con la historia del cantante Julio Iglesias y su nuevo hijo de 42 años.

Los nombres y apellidos es otra mención del acta. Los apellidos pueden cambiar por los supuestos arriba mencionados, siendo el nombre la causa más común de los procedimientos de rectificación. La Ley Orgánica de Registro Civil permite cambiar el nombre propio, por una sola vez, cuando este sea infamante, lo someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género. Saludos a mi amigo Rosario y a la señora Mañanita.

El lugar de nacimiento es un dato importantísimo, ya que de él depende la nacionalidad, que a su vez es un vínculo jurídico con un Estado. Puede nacer en el extranjero de padre o madre venezolanos y su nacionalidad es venezolana. Este dato –la nacionalidad, no el lugar de nacimiento– puede ser alterado en el acta de nacimiento, por la renuncia a la nacionalidad, lo que generará la respectiva nota marginal. En estos tiempos de odio puede que alguien quiera borrar de su pasado que fue de nacionalidad venezolana, previa adquisición de otra.

Sin tener relación con la astrología o con el horóscopo, se debe dejar constancia del día, el mes, el año y la hora de nacimiento. La mayoría de edad y la consecuente adquisición de la capacidad plena se adquiere, como expresa el Código Civil: Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años. Este dato, la fecha de nacimiento, no puede ser alterado. Diferencias familiares hubo entre unas conocidas, por haber inscrito el padre a su hija un año posterior a su nacimiento y con la fecha de la inscripción. Una de las hermanas se molestaba cuando la otra alegaba que tenía menos años, según la cédula. Les comento, los equipos de beisbol, ante los fraudes a los que se prestan las autoridades, están solicitando la Fe de Bautismo de los muchachos. Parece que los curas no se prestan a alterar los datos que se reflejan en sus actas.

El dato que si puede ser alterado es el de la capacidad para los actos civiles, como consecuencia de una interdicción judicial, como expresa el Código Civil: El mayor de edad y el menor emancipado que se encuentren en estado habitual de defecto intelectual que los haga incapaces de proveer a sus propios intereses, serán sometidos a interdicción, aunque tengan intervalos lúcidos. Esto genera una nota al margen del acta de nacimiento.

El acta de nacimiento solo se puede alterar mediante sentencias de los tribunales que modifiquen la identificación, la filiación, el estado civil familiar o la capacidad de las personas. Cualquier otra mención que no sea de las anteriores debe esperar por una decisión del Tribunal Supremo de Justicia, en el que todo es posible.

@rangelrachadell

09 julio 2019

Desfiles peligrosos


Un buen desfile tiene caballos con soldados vestidos a la usanza patriótica, soldados trotando y pegando gritos. Recuerdo a un familiar marchando con Los Cazadores, quien iba a pensar que toda esa euforia militarista caería en la nada, en el mayor desprecio por los disfrazados de verde. Helicópteros, aviones, paracaidistas, tanques, todos con nombres rimbombantes en clara alusión al pasado militarista con el que no tienen ninguna coincidencia. El narrador vocea: aquí viene el grupo de blindados Negro Primero, la representación del batallón Hugo Chávez, el equipo de asalto del erario nacional representado por los ministros tales y tales, la milicia mostrando el poderío de las cajas CLAP vacías.


Razón tiene Nicolás para ver los desfiles militares de lejos, no vaya a ser que le pase como a Anwar el-Sadat, que lo mataron el 6 de octubre de 1981, mientras observaba el Desfile de la Victoria. Ese día, solo seis soldados del ejército fueron suficientes para ametrallar al presidente egipcio. No lo llamen cobarde, tiene derecho de preocuparse por su vida, algo está haciendo para vivir en ese estrés. Pero la historia no termina ahí.
Hosni Mubarak, quien era el vicepresidente de Sadat, lo sucedió y se mantuvo en el poder durante 29 años y 4 meses. No solo está libre, sino que fue absuelto de cualquier delito. Puede que la dictadura de Sadat hubiera terminado antes. Lo que demuestra la historia es que el remedio puede ser peor que la enfermedad. Cuiden a Nicolás, no lo maten, no hay garantías de que el que venga sea un demócrata. Mejor hacemos elecciones, eso sí, con todas las garantías que exige el presidente Guaidó.
Matar presidentes o reyes trae complicaciones, por ejemplo: el 1 de marzo de 1881, unos terroristas mataron al zar Alejandro II de Rusia, lo hereda su sobrino Nicolás (no es el mismo de arriba), con solo 13 años. Cuando se hace grande mete a Rusia en la Primera Guerra Mundial, el otro mata gente de otra manera, a unos a crédito, a otros al contado.
No puede quedar por fuera el asesinato de Francisco Fernando de Austria en 1914. La organización terrorista Mano Negra, queriendo liberar a Serbia de toda dominación de Austria decidió matar al príncipe heredero. Estas malas noticias cambiaron todo.
Cuando muchos desearon la muerte de Chávez, la divina providencia los complació. Demás está repetir aquello del remedio. Nicolás es la mayor desgracia que hayamos vivido, aunque podría venir un pelo peor.
Los desfiles no son solo para conmemorar fechas patrias, grandes batallas, cumpleaños u onomásticos. También sirven para demostrar fuerza, lo último en tecnología militar, los mejores tanques y aviones. Llaman al pueblo y a las representaciones diplomáticas a observar la potencia militar con la que se cuenta para evitar una agresión. Al igual que el Plan República en los procesos electorales, es la oportunidad para que los mandos militares se gasten una fortuna en sus juguetes, protegidos por el secreto militar y de Estado en los gastos incurridos. Pídale lo que quiera al comandante del desfile, no importa que sea de la aviación.
Resultado de imagen para Desfile peligrosoNo vi desfilar las fuerzas armadas de Rusia o de China, que son las que van a defender a Nicolás.
Este 5 de Julio sí desfilaron las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES), ese mismo cuerpo de seguridad que el informe de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos dice que ha “sido presuntamente responsable de numerosas ejecuciones extrajudiciales en operaciones de seguridad”, que “hizo un uso excesivo de la fuerza de manera deliberada” y que es “responsable de centenares de muertes violentas”. La alta comisionada, en sus recomendaciones, hace un llamado a que se “disuelvan las FAES y establezca un mecanismo nacional imparcial e independiente, con apoyo de la comunidad internacional, para investigar las ejecuciones extrajudiciales llevadas a cabo en el curso de operaciones de seguridad, asegurar que sus responsables rindan cuentas”. En ese informe fue calificado como parcializado el fiscal general designado por la asamblea constituyente. No tenemos quién acuse, no tenemos quién juzgue, es necesario un cambio.
Los compañeros del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, asesinado el pasado 28 de junio, marcharon orgullosos frente a Nicolás, como si entendieran las razones de la muerte de ese oficial por parte de efectivos de la Dgcim, del que el informe de la alta comisionada recoge como práctica habitual de ese organismo el uso de “formas de tortura o trato o pena cruel, inhumana o degradante, como la aplicación de corriente eléctrica, asfixia con bolsas de plástico, simulacros de ahogamiento, palizas, violencias sexuales, privación de agua y comida, posturas forzadas y exposición a temperaturas extremas”.
Esta es parte de la fuerza armada que protege al gobierno revolucionario. Dicen que existe otra, que estamos por verla, y que el que va a salir se asoma.
@rangelrachadell

25 junio 2019

Xenofobia legal

Un país es una sociedad organizada que tiene sus propias reglas y es capaz de defender su territorio, esto es lo que configura un Estado moderno. Entre esas reglas que se imponen está el permitir o no el acceso a un determinado grupo de personas, es decir, discriminar a quien o a quienes desean que ingresen a su país.
Este derecho a la discriminación a la entrada de los nacionales de otros países es pacífico, es aceptado por los demás Estados. Es más sencillo impedir el ingreso de un extranjero indeseable que tener que compartir el sistema de seguridad social, el empleo, la vivienda o la fuerza policial. En definitiva, tener que integrarlos a sus sociedades.
La excusa para limitar el ingreso de extranjeros puede ser ordenar la casa, sentido común, la preferencia de los nacionales en los puestos de trabajo, y un largo etcétera. En todo caso, quieren a los mejores, a los que tienen recursos económicos, a los intelectuales, a los artistas y a todo aquel que se destaque, no importa que lo pongan a trabajar en negro o en empleos muy por debajo de sus capacidades. Si usted es pobre y sin estudios tiene la partida perdida antes de empezar.
Imagen relacionadaLa inmigración legal es el nombre que se le coloca a las barreras, impedimentos, dificultades para el ingreso a otro país. Solicitar una visa de turista o inmigrante, llámese: B1 para los turistas o de inmigrante (Estados Unidos), de responsabilidad democrática (Chile), de residente temporario para ciudadanos Mercosur y sus estados asociados (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), Residencia Precaria o Residencia Temporal (Argentina), visa humanitaria (Perú), conlleva trámites, papeles, costos.
Emigrar no es para limpios o insolventes. Los costos de la visa dependen del tipo que se solicita, para Estados Unidos empieza con 160 dólares, no rembolsables, 30 dólares Argentina y Perú, 72 dólares Uruguay para la visa de residente temporal, 50 dólares la solicitud y dependiendo de la visa puede llegar a 400 dólares si es otorgada por Ecuador. Hay otros requisitos, como la prueba suficiente de medios económicos a fin de demostrar capacidad económica para mantenerse en el país, o la apostilla de documentos.
Lo malo no es que los países aumenten las exigencias a los venezolanos para permitirles el ingreso, sino que se vayan los mejores recursos humanos por culpa de la dictadura que se roba los recursos, persigue a la juventud y la deja sin futuro.
Emigrar es una forma de adaptarse a la crisis venezolana, si la cosa va mal me voy, pero no resuelve el problema de fondo, que es la mala dirección del gobierno, que en vez de satisfacer el bien común se dedica a expoliar a los venezolanos, a quitarles la comida. Es como hacer arepas con yuca, que no son arepas son otra cosa, o cáscara de plátano como carne mechada, que no es carne.
Tengo esperanzas en el Congreso para la transición en Venezuela “Ideas para Venezuela”, que desde el lunes 24 de junio hasta el miércoles 26 de junio se celebra en Santiago de Chile, organizado por el gobierno de Sebastián Piñera. Allá se están reuniendo los dirigentes expulsados, los perseguidos, los que tuvieron que escapar antes de que le hicieran daño en las mazmorras de los presos políticos. Chile, por una parte, limita el ingreso de los venezolanos y, por la otra, los insta a ponerse de acuerdo en la manera de salir del gobierno usurpador. La única manera de resolver la emigración de venezolanos es atacando la causa de su salida.
Para colmo, si los venezolanos logran legalizar su estadía en otro país y hasta obtienen la nacionalidad se enfrentarán con otro problema, el artículo 7 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía del primero de julio de 2004, establece que “los venezolanos y venezolanas que posean otra nacionalidad deberán hacer uso de la nacionalidad venezolana para su ingreso, permanencia y salida del territorio de la República (…)”. Sin pasaportes, sin oficinas consulares, con unos trámites lentísimos en el Saime, o el secular matraqueo bolivariano. Casi que es una invitación a no regresar hasta que caiga esta gente.
Salir del país puede ser una solución, aunque la solución es salir del gobierno. Así que no hay salida fácil.

@rangelrachadell

11 junio 2019

Netflix y Nicolás


La historia reciente de Venezuela merece una superproducción televisiva, digna de las desventuras de este pueblo. La trama giraría alrededor de Nicolás, las maquinaciones de la pareja presidencial en la búsqueda del poder, y de los abusos cometidos antes y después de obtenerlo. Ya hay antecedentes, una parodia de Nicolás en la serie española Cuerpo de élite, sin mayor trascendencia.

La propuesta es una serie de tres temporadas, la primera de 13 capítulos. El capítulo piloto abre con la solicitud de Chávez, al reconocer que tenía células malignas, de que elijan a Nicolás como presidente en caso de que algo le pasara. El capítulo 13 de la primera temporada, considerado número de mala suerte, finalizaría el 30 de diciembre de 2012, fecha de la primera muerte de Chávez.

Se escogió que la serie fuera de tres temporadas como la duración de la serie El Chapo, ya que, aunque el desastre daría para muchos capítulos no soporta 113 como la de Pablo Escobar, El patrón del mal. Ya tendrá su propia serie el Cartel de los Soles.

La escogencia del actor no será fácil, se necesita uno como Fred Gwynne, muy alto, muy gordo y con cara de bonachón. La contrafigura femenina se podría parecer algo a Yvonne de Carlo.

La temporada inicial tendría como marco la asunción de Chávez al poder y de su guardaespaldas, la unión de Nicolás con Cilia y su camino meteórico a la cúspide del poder. Nicolás fue presidente de la Asamblea Nacional de 2006 a 2007. Designado en el cargo de ministro de Relaciones Exteriores (conocido como canciller en otros países), logra imponer a Cilia, con quien tenía años de vida marital, en la presidencia de la Asamblea de 2007 a 2011. Entre ambos pusieron un pie en el Poder Ejecutivo y otro en el Poder Legislativo durante 5 años.


Habrá una subtrama con varios personajes que conquistaron el Consejo Nacional Electoral, tales como Francisco Carrasquero, que luego pasó a ser magistrado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; el médico psiquiatra Jorge Rodríguez, hilo conductor de los fraudes electorales, las negociaciones fallidas entre el gobierno y la oposición y del control de una de las facciones dentro del gobierno, quien de ser presidente del organismo electoral en menos de un año Chávez lo designa como vicepresidente de Venezuela. De último, y no menos importante, Tibisay Lucena, designada en 2003 por el TSJ como miembro suplente. Esta socióloga es el factor determinante en la intervención de los partidos políticos y en la desconfianza en las votaciones para resolver las diferencias políticas entre los venezolanos. La intervención electrónica de las elecciones tendrá un toque de tecnología tipo Black Mirror.

La primera temporada estará salpicada de hechos que no son aislados y que reflejan la falta de escrúpulos de los grupos del PSUV y del socialismo del siglo XXI. El secuestro de los hermanos Faddoul en 2006 por parte de miembros de la Policía Metropolitana; el cierre del canal de televisión RCTV en mayo de 2007 y de muchas radios que apoyaron a la oposición; la toma del control del canal Globovisión; la dispendiosa entrega de dólares a la clase media para que pudiera viajar por el mundo; los grupos colectivos de violencia personalizada; la quiebra forzada por el gobierno de los bancos que no se le sometieron, y otros casos para animar la trama como la prisión de los narcosobrinos flores.


En esta serie no habrá sexo de ningún tipo, sería bochornoso recrear esa actividad por parte de la pareja presidencial. El guiño a la comunidad LGBT estará a cargo de tres generales y cuatro ministros, con eso será suficiente.

Durante las tres temporadas tendremos situaciones repetitivas, tales como largas filas para adquirir alimentos en 2007. A partir de 2013, gente buscando comida en la basura, en 2014 se agregan los muertos en hospitales y por falta de medicinas para tratamientos crónicos, por ejemplo: los infartados por no tomar las medicinas para la tensión alta. En 2015, la mención a las ciudades que no tienen electricidad ni servicios de telecomunicaciones, pasando a 2016 con la hiperinflación y la dificultad para conseguir comida, la falta de gasolina en la frontera y con el paso del tiempo en todo el país. El punto culminante será el apagón nacional en marzo de 2019, demostración de la negligencia en todos los servicios que presta el Estado bajo la administración de la revolución. Todos estos hechos se irán acumulando a medida que avanza la serie con el fin de demostrar que la crisis ya existía en el gobierno de Chávez y aumentó a niveles inaceptables durante el mandato de Nicolás.

La segunda temporada comienza con la sentencia del TSJ que permite a Nicolás mantenerse en el poder otro período presidencial sin juramentar al mandatario electo, con el falaz e ilegal argumento de continuidad administrativa (este es un asunto complicado de explicar, se necesitarían como tres capítulos y no hay tanto tiempo disponible). Continúa con la segunda muerte de Chávez; el proceso electoral como candidato presidencial sin abandonar el cargo (no era presidente electo), elecciones que supuestamente ganó con menos de 1%; la regularización del concubinato que tenía con Cilia el 15 de julio de 2013. El Arco Minero, la venta de los lingotes de oro, la muerte de Fernando Albán, las sanciones del gobierno de Estados Unidos. Hacia el final, el proceso de intervención y anulación de partidos políticos, las elecciones de alcaldes y gobernadores, el interminable proceso de relegitimación de los partidos y la pérdida de derechos políticos de los representantes de la oposición por medio de decisiones administrativas cuando la Constitución exige que sea mediante sentencia firme.


La tercera temporada debe comenzar con la elección de Nicolás el 20 de mayo de 2018, día culminante del más grande fraude electoral en la historia de Venezuela.

Los demás capítulos se están escribiendo, sin dragones que incendien todo el territorio nacional.

@rangelrachadell

28 mayo 2019

Rompa el vidrio

Hay un cuento de un fulano al que le faltaba un ojo, y que cuando uno tiene dos ojos uno sirve para ver lo bueno y otro para ver lo malo. Así que al faltarle un ojo no percibía toda la realidad. Eso es lo que pasa con los sesgos ideológicos, usted ve y no ve, algo le impide hacerse una idea del panorama completo. A mí me afecta, yo no veo nada bueno en el chavismo, pero eso es porque vivo en Venezuela, me consta el daño que le ha hecho a la sociedad esa supuesta revolución que llevó a la quiebra a nuestro país.

En estos días, a Michelle Bachelet, alta comisionada de derechos humanos de la ONU, estando en Panamá para la inauguración de un museo, una periodista le preguntó sobre la situación de Venezuela, y contestó: “Vamos a hablar del museo, no más”. En ese momento me recordé del tuerto, tiene un ojo que solo le permite ver lo bueno, no ve lo malo del chavismo y la crisis que vive el país.

Esto es una exageración, la oficina que dirige la Dra. Bachelet, ex presidente de Chile y médico, se ha pronunciado sobre la violación de derechos humanos en Venezuela. Ella sabe que la falta de electricidad y de medicamentos en los hospitales deja en minusvalía a los enfermos en general y en un riesgo inaceptable para otros en particular, que la disminución de proteínas en la alimentación genera retraso intelectual en los niños y afecta la salud de los adultos. Ella está enterada de lo que está pasando con los presos políticos y los presos comunes, de las muertes de jóvenes a manos de las fuerzas armadas o de los cuerpos de seguridad, que no todos se suicidan.

Pero es una cuestión de estilo, de saber hacer, que la señora ha aprendido en su dilatada trayectoria política. Pero ¿por qué me siento desasistido por la alta comisionada? Tampoco es que quiera que se comporte como Luis Almagro, ya que no es su naturaleza. Con un: Estamos muy pendiente de la situación venezolana, o: Ya adelanté opinión en mi informe oral y a ello me remito. También pudo decir: La oficina que dirijo está definiendo las condiciones para mi visita al pueblo de Venezuela. Pero no, el protagonismo era del museo y ella no quiso enturbiar la inauguración con una nota de mal gusto sobre la satrapía de la que le estaban preguntando.

El mundo está teniendo una idea de lo que pasa por aquí. Poco a poco, paso a paso. Todo muy lento para evitar las muertes, el hambre y la paralización de la economía por la falta de electricidad y gasolina.

La situación es tan grave que raya en lo increíble y esa incredulidad favorece al gobierno. Total, que toda dictadura puede hacer lo que mejor le parezca, siempre y cuando no moleste a los vecinos. Solo que la migración está fastidiando a nuestros mejores aliados y estos pueden responder.

Ese velo sobre nuestro país es como un cristal que impide ver, que dificulta entender la grave emergencia que estamos padeciendo. Necesitamos de todas las voces posibles que le muestren a la comunidad internacional lo que nos está pasando, que rompan el vidrio.

Señora Bachelet, estamos en emergencia, no pierda la oportunidad de exigir que se respeten los derechos humanos, ¡rompa el vidrio!

@rangelrachadell

23 mayo 2019

ILEGALIDAD E IRRACIONALIDAD DE LA EXIGENCIA DE COPIAS FONDO NEGRO PARA LA CERTIFICACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS POR LAS UNIVERSIDADES DE VENEZUELA

Por Manuel Rachadell

Profesor Titular Jubilado de la UCV

I.                     INTRODUCCIÓN

Las presentes reflexiones se originaron con ocasión de solicitar ante la Secretaría de la Universidad Central de Venezuela la emisión de sendas copias certificadas de los títulos de Sociólogo y de Abogado de mi esposa obtenidos en esa institución, para fines de pedir la inscripción en un postgrado de la Universidad de Miami, a cuyo efecto acompañé fotocopias de los títulos mencionados. En la Secretaría se me informó que la universidad solo certificaba copias en fondo negro y no en fotocopias simples, lo cual no me pareció lógico. Al inquirir sobre el fundamento de esta exigencia se me dijo que las universidades del exterior exigían que las certificaciones de títulos se hicieran de esta manera. Estudiado el tema, el 15 de mayo de 2019 dirigí una comunicación al Secretario de la Universidad, en el que concluía en que era ilegal e irracional la exigencia general de que la certificación solicitada se expidiera necesariamente sobre copias fondo negro y pedía la revisión del criterio vigente. Consideré también que, mientras en la UCV se estudiaba el tema, era conveniente comunicar mis argumentos a las demás universidades autónomas, con el fin de que ellas pudieran analizarlos en paralelo, sobre todo dadas las consecuencias económicas que ocasiona para los solicitantes de las copias certificadas, y en vista de la conveniencia de adoptar decisiones similares por cada institución.

II. ILEGALIDAD DE LA EXIGENCIA DE UNA COPIA FONDO NEGRO PARA EMITIR UNA COPIA CERTIFICADA

Como punto previo debo decir que en Venezuela el derecho que tienen las personas a solicitar y obtener copias certificadas de los documentos que les incumben está consagrado en forma reiterada. Basta leerse el artículo 28 de la Constitución de la República, conforme al cual “Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad…”; además, en el artículo 7° de la Ley Orgánica de la Administración Pública se dispone que “Las personas en sus relaciones con la Administración Pública tendrán los siguientes derechos:… 4. Obtener copias certificadas de expedientes o documentos en los términos previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y demás normativa aplicable”; lo cual se ratifica en el artículo 171 de la misma ley, cuando se pauta que “Todo aquel que presentare petición o solicitud ante la Administración Pública tendrá derecho a que se le expida copia certificada del expediente o de sus documentos, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley respectiva”; y en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos se consagra que “Los interesados y sus representantes tienen el derecho de examinar en cualquier estado o grado del procedimiento, leer y copiar cualquier documento contenido en el expediente, así como de pedir certificación del mismo. Se exceptúan los documentos calificados como confidenciales por el superior jerárquico, los cuales serán archivados en cuerpos separados del expediente. La calificación de confidencial deberá hacerse mediante acto motivado”.

Como el derecho de obtener una copia certificada no está en duda, me limitaré a referirme a las exigencias que a veces se hacen para expedir la copia certificada que, cuando son ilegales o irracionales, pueden limitar el ejercicio de tal derecho, hasta el punto de que, en algunos casos, si se imponen a personas de escasos recursos, pueden llegar a hacerlo nugatorio.

En el aspecto de la ilegalidad, necesariamente hay que referirse al Decreto con Rango y Fuerza de Ley sobre Simplificación de Trámites Administrativos, al que en aras de la brevedad llamaré Ley de Simplificación, cuya última reforma es del 26 de noviembre de 2014. En esta ley se ordena a los organismos de la Administración Pública que procedan a identificar los trámites que se realizan ante ellos, a elaborar un Plan de Simplificación de Trámites Administrativos, con fundamento en los principios establecidos en el conjunto normativo citado, y seguidamente proceder a “Suprimir los trámites innecesarios que incrementen el costo operacional de la Administración Pública, que hagan menos eficiente su funcionamiento y propicien conductas impropias”, por una parte, y por la otra a “Simplificar y mejorar los trámites administrativos, lo cual supone, entre otros aspectos: a) Adaptar los trámites a la forma más sencilla posible, reduciendo al mínimo los requisitos y exigencias a las personas, dejando única y exclusivamente los pasos que sean indispensables para cumplir el propósito de los mismos” (artículo 6).


Con respecto al requisito al que me refiero, he presentado las siguientes observaciones:

En primer lugar, he hecho averiguaciones y no he encontrado a nadie que me informe sobre el fundamento jurídico de la exigencia de que la certificación de títulos se haga necesariamente sobre una copia fondo negro.

En segundo lugar, si tal fundamento existiera, se han incumplido deberes establecidos en la Ley de Simplificación en los siguientes términos: de un lado, el deber de informar a los administrados. En el artículo 38 de la ley a que nos referimos se expresa que “Los órganos y entes de la Administración Pública, deberán tener disponibles en sus sitios de Internet, vínculos que permitan a los interesados acceder a información sobre sus trámites” (art. 38), y esa información incluye el señalamiento de la base jurídica de la exigencia que se le hace para cumplir el trámite. De otro lado, se ha incumplido el deber de dar a los administrados la información veraz sobre los trámites en que tenga interés. En el mismo artículo se dispone que “Los órganos y entes de la Administración Pública, tienen el deber de ofrecer a las personas información completa, oportuna y veraz en relación con los trámites que se realicen ante los mismos”. En el presente caso no se ha ofrecido una información veraz, pues se ha dicho que la exigencia de que la certificación se haga sobre una copia fondo negro proviene de las universidades del extranjero, y en particular de la Universidad de Miami, lo cual no es cierto. Efectuada la consulta a esa universidad, la respuesta fue que a ellos lo que le interesa es que una autoridad competente del país certifique que el documento que se le presenta es copia fiel del original que reposa en los archivos de la Universidad Central de Venezuela, de acuerdo a las normas nacionales, no el tipo o el color del papel sobre el que se extiende. En todo caso, unas universidades extranjeras no pueden imponer la forma de las copias certificadas nacionales, y sobre todo cuando al hacerlo se infringe la legislación de nuestro país.

En tercer lugar, la falta de publicidad sobre los requisitos para los trámites relacionados con las copias certificadas, y la falta de información veraz antes aludida, hacen presumir que la exigencia a que nos referimos no existe. A todo evento, es la Administración la que tiene que demostrar, o al menos citar, la base legal de la exigencia, el administrado interesado en el trámite no tiene que efectuar comprobación alguna en esta materia, sino cumplir las disposiciones realmente existentes.

De lo anterior se desprende que se han incumplido unas normas fundamentales en la materia que tratamos, expresadas así en la Ley de Simplificación:

“Artículo 25. Los órganos y entes de la Administración Pública sujetos a la aplicación de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, no exigirán a las personas interesadas pruebas distintas o adicionales a aquellas expresamente señaladas por este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley”.

“Artículo 27. Los órganos y entes de la Administración Pública aceptarán la presentación de instrumento privado en sustitución de instrumento público y de copia simple o fotostática en lugar de original o copia certificada de documentos que hayan sido protocolizados, autenticados o reconocidos judicialmente, salvo los casos expresamente previstos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley” (destacado añadido).

Conforme a lo expuesto, la universidad ha creado, en infracción a la ley, una nueva categoría de documentos, aquellos cuya copia certificada sólo se puede estampar en copias fondo negro, a las cuales se les asigna un rango superior al de las copias simples, casi igual al de las copias certificadas. Pero si la Ley de Simplificación de Trámites permite que se consignen copias simples o fotostáticas en lugar del original o de copias certificadas, con mayor razón debe aceptar copias fotostáticas para hacer las certificaciones de los títulos universitarios, en lugar de las copias fondo negro, que no son sino unas fotocopias costosas. De esta manera se ha originado en Venezuela el mito del fondo negro, una costumbre perversa, por su ilegalidad y su irracionalidad, que ha impuesto una distinción entre las copias certificadas que pueden hacerse en fotocopia simple y las que para ser emitidas requieren necesariamente que la certificación se estampe en una copia fondo negro. De esa misma naturaleza ilegal ha sido durante muchos años la exigencia que hacen con frecuencia los organismos públicos, e incluso algunos privados, de consignar fotocopias de las cédulas de identidad, hasta el punto de que en la Ley de Simplificación se ha dispuesto expresamente que “Los órganos y entes de la Administración Pública no podrán exigir copias de cédulas de identidad como requisito para el cumplimiento de una determinada tramitación, salvo los casos expresamente establecidos por este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley. Sin embargo, podrá establecerse como obligatoria la presentación de un documento original de identificación al momento del cumplimiento del trámite” (art. 19), norma esta que, a pesar de todo, a menudo se incumple. Pues bien, en materia de copias fondo negro no existe una norma similar, pero los principios que se consignan en la Ley de Simplificación equivalen a la prohibición de tal exigencia.

No obstante lo anterior, debo expresar que puede haber algunos casos de universidades del extranjero que exijan que las copias de los títulos que se presenten ante ellas deban estar asentadas sobre copias fondo negro, porque al parecer el mito del fondo negro no es exclusivo de Venezuela. En estos casos, el solicitante ante nuestra universidad puede pedir expresamente que la certificación del título se haga en copia fondo negro, para lo cual deberá acompañar la referida copia. Pero salvo esas situaciones de excepción, la regla debe ser que las copias certificadas de los títulos se expidan sobre fotocopias simples y, en todo caso, el solicitante debe tener la información de que tiene ambas opciones, para que escoja la que le resulte más conveniente o económica.

III.                IRRACIONALIDAD DE LA EXIGENCIA DE LA COPIA FONDO NEGRO

La copia fondo negro como soporte de la certificación de un título no cumple ninguna función, y por tanto es un costo elevado e innecesario que se pone sobre las espaldas de los administrados, en contradicción con expresos principios de economía establecidos en la Ley de Simplificación. La inutilidad de la copia fondo negro la deduje de los siguientes elementos:

A.                  Hace varios años, con ocasión de observar que a los bachilleres que habían sido admitidos en la UCV se les obligaba, para formalizar la inscripción ante la Secretaría de la Universidad, a hacer larguísimas colas para depositar en el Banco de Venezuela en la Ciudad Universitaria la cantidad de Bs. 2,50, para disgusto de la gerencia del banco, pues esa suma era muy inferior al costo de la planilla de depósito, debido a que no se reajustaba el monto según la inflación para no perjudicar económicamente a los estudiantes, mientras que se les exigía presentar una costosa copia fondo negro, sin la cual no podían inscribirse, me trasladé a la Parroquia Universitaria para solicitar de la persona que en esa época se encargaba de sacar las copias fondo negro, una joven en el local al fondo, cerca de los baños, que me explicara la función del procedimiento que ella cumplía, y me dijo: “El fondo negro es una copia que se hace mediante una fotografía, por eso requiere hacerse en papel fotográfico. En cuanto a si este tipo de copia permite descubrir con facilidad si el documento es falsificado, no es cierto. El fondo negro refleja la calidad del original, si la falsificación es buena, esa calidad se reflejará en la copia fondo negro, pero esta no produce ninguna señal que indique que el documento original ha sido falsificado”.
B.                   
Por otra parte, cuando se trata de emitir por la Secretaría la copia certificada de un título, la universidad no hace ningún examen de la copia fondo negro que se le presenta, se limita a poner un sello y una firma en el reverso y devuelve la certificación al interesado, sin acompañar el costoso recaudo al expediente, para hacer posteriormente una experticia, si fuera necesario. Es más, ni siquiera se pide la identificación de la persona que elaboró el fondo negro, para tener a quien investigar en caso de que se haya producido una falsificación.

C.                  El criterio anterior ha sido ratificado por múltiples expertos en la materia, de los cuales, citaré los siguientes:

El abogado y contador público Andrés Eloy Mill De Pool, quien es Técnico Superior en Ciencias Policiales, con mención en Experticias Grafotécnicas e Investigaciones Administrativas, ha expresado lo siguiente, “Es importante señalar que las experticias grafotécnicas se realizan sobre el documento mismo, es decir, sobre el original del título y no sobre el fondo negro, pero si la institución educativa pretende a través de una fondo negro determinar si proviene de un título que pudo haber presentado maniobras de alteración, requiere de la actividad del experto para que emita una opinión, lo que representa un alto costo para la universidad y para el profesional quien deberá llevar el título original al sitio, para que el perito realice científicamente y con exactitud el examen grafotécnico correspondiente, el cual se realiza en un laboratorio dotado de los instrumentos que garanticen la convicción del resultado del examen” (ver: http://andreseloyabogado.blogspot.com/2017/02/fondo-negro-del-titulo-que-sirve-por.html).

El abogado antes mencionado, a su vez, agrega lo que sigue, referido a un dictamen que reposa en un expediente del Tribunal Supremo de Justicia: “Sobre el particular resulta imperioso citar la declaración de la ciudadana experta Mónica Duque, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, cuando de su actuación como perito (dictamen del 28-04-2005), suscribe que el `...fondo negro del título constituye un material calificado como inadecuado dentro del campo de la Grafotécnica, para...establecer si el mismo proviene de un documento que ha sido alterado, se requiere del título en original´.” Fuente: http://caracas.tsj.gob.ve/decisiones/2007/noviembre/1730-5-2175-07-.html

En segundo lugar, una copia fondo negro es costosa, sobre todo en la situación de hiperinflación que se vive en el país, se hace con materiales importados, que a menudo no se consiguen, aunque sigue siendo un buen negocio para los que pueden mantenerlo. La Universidad no debería auspiciar negocios privados, sin tener ninguna razón para hacerlo. Pero, además, con plumas estilográficas o con bolígrafos no puede estamparse sobre papel fotográfico la firma del funcionario competente para hacer la certificación, es necesario que la universidad lo provea de unos marcadores especiales para hacerlo, lo que encarece el trámite.

Por último, considero escandaloso que la universidad, para certificar la copia de un documento que fue expedido por ella, y que reposa en sus archivos, exija al solicitante de la copia certificada de un título que vaya a un negocio privado para que este emita un documento (la copia fondo negro) que le garantice a la institución pública que esa copia es fiel y exacta a la que está en el archivo de la universidad, cuando es tan fácil, y más efectivo, que la misma universidad, en lugar de imponer la presentación del fondo negro, verifique que la copia fotostática que le están presentando para facilitar la certificación, corresponde a un título emitido por la institución a una persona determinada. No parece conveniente que la universidad demuestre incapacidad para verificar por sí misma la veracidad de copias emitidas por ella. Pero en realidad no es incapacidad de la institución sino comodidad de la burocracia. Ante la posibilidad de que se falsifique un título determinado, se ha optado por exigir el fondo negro para tranquilizar a los funcionarios y para no tener que hacer comparación alguna, como si la copia en fondo negro impidiera la falsificación. Es más, cuando se les pedía a los bachilleres la consignación del fondo negro para formalizar la inscripción en la universidad, se consideraba que no era necesario hacer comparación alguna con el título original, lo que facilitaba el fraude.

La exigencia de las copias fondo negro ha causado protestas de diferente naturaleza, por lo costoso y lo inútil del requisito, como puede verse en Internet. También se advierte que en algunos países no se conocen ni se aceptan copias certificadas en fondo negro, como es el caso de Chile (http://cl.globedia.com/copia-fondo-negro-chile). Una manera humorística de protestar es la que hace un autor que escribe en Aporrea un artículo con el título de El país de las mujeres más bellas y las fotocopias fondo negro”, quien expresa lo siguiente: “en nuestras universidades que se suponen creadoras de conocimiento, no se ha logrado superar la bendita costumbre de pedir documentos inútiles lo cual es síntoma de problemas mucho más profundos. El contexto de la brutal crisis económica del país donde todo se encarece velozmente y en un momento donde no se consigue tóner para copiadoras, puede ser la oportunidad de abandonar estos molestos esquemas que le hacen la vida triste a los usuarios y avanzar en nuevas prácticas administrativas, aunque como diría Will Smith –ahora en Facebook al parecer ese actor es una especie de Paulo Coello de frases usurpadas- es más fácil romper un átomo que … una costumbre”. (https://www.aporrea.org/contraloria/a214728.html).

Pero no hay que exagerar, en la Universidad Central se exigió durante muchos años que los bachilleres presentaran copias en fondo negro de sus títulos de Bachiller para formalizar su inscripción ante la Secretaría, no obstante, desde el año pasado se suprimió tal requisito, pero no por razones de ilegalidad, sino por consideración a la precaria situación económica en que se encontraba la mayoría de los aspirantes a ingresar a la educación superior. La eliminación de la exigencia no produjo ningún efecto negativo sobre la seguridad del trámite.

IV.                MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LA CERTIFICACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS

Los títulos universitarios, cuya certificación se pide generalmente para solicitar inscripción en postgrados en el país o en el exterior, presentan en igual medida el riesgo de alteración fraudulenta sea que consten en fondo negro o en fotocopia simple. Esa posibilidad también existe con respecto a las notas certificadas o a cualquier otro documento que emite la universidad, y sin embargo no se exige que la certificación se haga sobre fondo negro. En todo caso, para la institución es muy fácil detectar la falsificación, pues basta con constatar en los archivos de la institución que el título cuestionado no se corresponde con un acto emanado de la universidad.

Cuando se trata de certificación de títulos universitarios para inscripción en postgrados del exterior, pueden adoptarse medidas especiales de seguridad, tanto por la universidad nacional como por la extranjera. En la Universidad Central de Venezuela se ha dispuesto que las certificaciones, tanto de títulos como de notas, destinadas a hacerse valer en el extranjero, deban ser firmadas, además, por el Rector o la Rectora de la Universidad. No sé si en otras universidades del país existe una medida similar, pero considero que tal precaución recarga muchísimo el tiempo del Rector, persona con ocupaciones muy importantes, y no garantiza que el documento resulte blindado de fraude. En efecto, el funcionario que por la Ley de Universidades tiene la competencia de emitir las certificaciones de documentos es el Secretario de la Universidad, pero si existe la preocupación de que se falsifique su firma esa posibilidad no se conjura cuando se acompaña de la firma del Rector, solo se recarga la tarea del falsificador, quien en vez de alterar una firma tiene que hacerlo con dos. En todo caso, no es ilegal estampar la firma del Rector en las certificaciones de los documentos a que nos referimos y, en mi criterio, tampoco es necesario ni garantiza nada, salvo el honor de tener el autógrafo de un funcionario de tan elevado rango.

Pero si los requisitos para la inscripción de profesionales venezolanos en postgrados de universidades del exterior provienen de estas últimas universidades, el interesado debe cumplirlos, aunque sea la presentación de la certificación del título nacional en copias fondo negro, o cualesquiera otros, pues no se trata de una obligación sino de una carga. En líneas generales, en el exterior admiten como buenas las certificaciones de títulos sobre fotocopias simples, pero en casos especiales pueden hacer exigencias particulares para prevenir el fraude, como ocurre con las universidades norteamericanas. En los Estados Unidos, el interesado se dirige a la universidad seleccionada para solicitar información sobre el postgrado que le interesa, pero no presenta ante esta los documentos requeridos para inscribirse sino que los envía a una de las oficinas federales encargadas de determinar la equivalencia de los estudios cursados con los que se imparten en ese país, tal vez la más conocida es la Word Education Services (WES), ubicada en la ciudad de Nueva York, la cual le ha abierto un expediente y le ha asignado un número a la persona interesada. Esta solicita de la Secretaría de la universidad venezolana la copia certificada del título universitario y de las calificaciones obtenidas en sus estudios universitarios, en la forma normalmente establecida por la legislación del país, esto es, sin exigirse como requisito obligatorio que la certificación del título se extienda sobre una copia en fondo negro. Las certificaciones se entregan al interesado, este las revisa y las lleva a la Secretaría de la universidad, junto con una planilla destinada a la oficina WES, si este es el caso, que imprime de la página web de esta oficina y la coloca en cada documento. La Secretaría de la Universidad introduce los documentos en un sobre especial, lo sella, lo firma, y lo entrega al solicitante para que este se encargue de enviarlo por courier a la oficina WES. La planilla mencionada debe ser llenada con todas las menciones que se exigen, entre ellas el número que se le ha asignado al solicitante. La oficina WES remite a la universidad seleccionada la documentación del interesado con su criterio sobre las equivalencias solicitadas. De este modo, se establece una relación directa entre la universidad venezolana, o de cualquier otro país, y el servicio educativo de los Estados Unidos, lo que impide la alteración de documentos.

V.                  CONSIDERACIONES FINALES

El presente escrito no persigue otra finalidad que cooperar con la universidad en cuanto a su adecuación a la legalidad y al buen trato a los solicitantes de trámites ante la institución, en el entendido de que la Administración está al servicio de los ciudadanos.

En tal sentido, el incumplimiento de los deberes de los funcionarios establecidos en la Ley de Simplificación puede tener consecuencias para la institución y para los funcionarios. En el primer caso, se regula en la ley el siguiente supuesto: “Artículo 15. Cuando un órgano o ente de la Administración Pública no proceda a la eliminación y supresión ordenadas en los dos artículos precedentes, la autoridad nacional unificada en materia de trámites administrativos podrá proceder a hacerlo mediante providencia de carácter general, previa notificación al organismo en un plazo de al menos sesenta (60) días continuos, anteriores a la fecha de publicación de la referida providencia. En dicho plazo, el organismo tramitador deberá disponer lo conducente para que la eliminación total o parcial de trámites, o la supresión de requisitos o permisos, no afecten a los solicitantes, ni la seguridad o validez del trámite”. La autoridad nacional unificada que antes se mencionó es el Instituto Nacional para la Gestión Eficiente de Trámites y Permisos (INGETYP), y sería muy lamentable que un organismo gubernamental tenga que venir a subsanar el incumplimiento de normas por funcionarios universitarios, lo cual deja en entredicho la autonomía de la institución.

Por otra parte, en la Ley de Simplificación se prevén sanciones para los funcionarios que hayan incumplido sus normas como las siguientes:

“Artículo 71. Las servidoras o servidores públicos, así como las empleadas y empleados al servicio de los órganos y entes de la Administración Pública, que sean responsables de retardo, omisión o distorsión de los trámites administrativos así como del incumplimiento de las disposiciones del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, serán sancionados con multa cuyo monto se determinará entre el veinticinco (25%) y cincuenta (50%) por ciento de su remuneración total correspondiente al mes en que cometió la infracción, según la gravedad de la misma”.

“Artículo 72. La multa prevista en el artículo referente a los servidores y servidoras públicos se establecerá sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa en que puedan incurrir las funcionarias o funcionarios en ejercicio de la función pública”.

Espero que, con vista a los argumentos expuestos, las universidades que lo requieran puedan adoptar las decisiones que les correspondan para que la certificación de los títulos universitarios se haga con sujeción a las leyes del país, sin perjudicar la seguridad del trámite y la economía de los administrados.


Caracas, 23 de mayo de 2019