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27 octubre 2015

Destrucción socialista

Por: Jesús Rangel Rachadell

Artículo de opinión publicado en El Nacional:  http://www.el-nacional.com/jesus_rangel_rachadell/Destruccion-socialista_0_727127462.html

Para Marx la lucha de clases nos llevará al Comunismo, por el camino de una dictadura; significa que estamos en ese camino que divide a la sociedad en buenos y malos, donde unos tienen derecho a perjudicar a otros para, de manera envidiosa, recuperar derechos que “alguien” les quitó o les impidió que obtuvieran, y a una discriminación que justifica que los buenos pueden destruir a los malos, por el pecado que cometieron al tener una posición económica mejor. Los bandos contrapuestos deben pelear y después que aniquilen al otro bando podrán descansar y construir un mundo bello, esa es la lucha de clases que nos proponen, esa es el presente que vivimos.
El gobierno fantasea sobre diferencias irreconciliables en la sociedad para perseguir a comerciantes, a productores agrícolas, o desposeer de sus bienes a legítimos propietarios bajo el eufemismo de la expropiación sin pago. Asume la personificación de los pobres para castigar a todo aquel que pretenda tener una actividad productiva que satisfaga sus necesidades, la persecución a los comerciantes o la represión a los periódicos, vía el control sobre el papel; esto no transformará a nuestra sociedad en una mejor ya que “nunca está permitido hacer el mal para obtener un bien”, de los males que está provocando el gobierno no puede nacer nada bueno, esa manera de comportarse no es cristiana.
El Socialismo del siglo XXI promueve la lucha de clases, pero no es más que un subterfugio para acceder, controlar y ejercer el poder; es un sistema de dominación basado en el triunfo de unos sobre otros, como si un triunfo erigiera las bases morales para discriminar y perjudicar a unos individuos en favor de la clase social menos favorecida políticamente, cuando lo triunfante en unas elecciones es una parcialidad política no un grupo social.
Esta destrucción prescinde de la dignidad del hombre, sea cual sea su origen social o su situación económica, desconoce que el ser humano es valioso por sí mismo como obra de Dios. Por la vía de la lucha de clases –ya que es el mismo camino- van a perseguir a otros grupos por diferencias de razas, de religión, de condición social, o por ser representante de empresas.
La sociedad dividida no resuelve nada, no avanza hacia ningún objetivo, solo va hacia la destrucción o al “autosuicidio”; por eso necesitamos propósitos que aglutinen a nuestra sociedad. Una aspiración puede ser el aceptar la existencia de quienes piensan distinto, de los que no comparten las mismas ideas, simplemente el respeto o caridad. Otro ideal puede ser que no se expropie sin pagar; o aceptar la representación de parte de la sociedad a través de los partidos políticos, que en la Asamblea Nacional se debe respetar la proporcionalidad en las comisiones legislativas y que la presidencia de las mismas le corresponda a los representantes políticos; nada de aplicar mayorías o aplanadoras sin reconocer la existencia de los otros, como es la política actual del gobierno.
Parece mentira, que tengamos que hacer un gran acuerdo nacional para que los militares no tengan militancia política ni puedan expresar públicamente su apoyo al socialismo y solo al socialismo, cuando este problema ya está resuelto en la constitución en el artículo 328, que expresamente se los prohíbe.
Este gobierno que encierra inocentes, a políticos, persigue empresarios, lleva a la muerte a un granjero y a muchos otros a la quiebra; tiene las manos manchadas.
Ninguna ideología justifica la persecución y los malos tratos que emprende contra estos y contra toda la sociedad; y los socialistas del siglo XXI tienen que devanarse los sesos para entender que a ellos no les gustaría que les infligieran esos mismos malos tratos que acostumbran aplicar.
Casstellio—enfrentándose a todos los teólogos— califica a Servet, asesinado por Calvino, de víctima inocente; cuando rechaza todos los argumentos de Calvino con estas inmortales palabras: "Matar a un hombre no será nunca defender una doctrina, será siempre matar a un hombre". Podemos parafrasear que poner preso a un hombre nunca será defender una doctrina como el socialismo del siglo XXI, será siempre poner preso a un hombre.
De todas maneras, mientras ves la propaganda del gobierno, el régimen te está metiendo la mano en el bolsillo y sacándote el dinero de la cartera.
@rangelrachadell

13 octubre 2015

Delitos e ilícitos electorales

Por: Jesús Rangel Rachadell
Artículo de opinión publicado en El Nacional: 
http://www.el-nacional.com/jesus_rangel_rachadell/Delitos-ilicitos-electorales_0_718728241.html

Para que un proceso electoral pueda ser independiente, imparcial y transparente, es necesario que las conductas de los distintos actores del proceso puedan ser controladas y sancionadas. Toda conducta contraria al proceso electoral debe estar prevista, y supone la preeminencia absoluta de la norma escrita.

En la derogada Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política se mencionaban 27 supuestos de delitos, cuyas penas eran de prisión, e iban de seis (6) meses a tres (3) años.

En la vigente Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) no está previsto ningún delito, e informa el artículo 228 que los delitos no previstos en esa ley (en el anteproyecto de ley debió estar prevista la regulación de algunos delitos, pero estos desaparecieron de la redacción definitiva) serán regulados mediante una ley especial, que no se ha dictado; y garantiza que los delitos electorales serán conocidos por la jurisdicción penal ordinaria.

La Lopre es un desorden en esta materia de delitos, por ejemplo: el artículo 199, expresa: “Toda persona podrá denunciar la comisión de cualquiera de los delitos o faltas electorales previstas en esta ley”; o el artículo 227: “Todo ciudadano o ciudadana podrá denunciar la comisión de cualquiera de los delitos, faltas o ilícitos electorales previstos en la presente Ley”. Como lo expusimos, no está regulado ningún delito en la mencionada ley.

En toda nuestra legislación solo hay un delito relacionado directamente con la actividad electoral, y es en la Ley Contra la Corrupción cuando establece que: “El funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato” (Art. 68).

Para las elecciones de gobernadores de diciembre de 2012, hubo migraciones de candidatos y sus equipos, cuando ya estaba cerrado el registro electoral definitivo aprobado por el Consejo Nacional Electoral el 25 de junio de 2012, esto lo hizo el director de la Oficina Nacional de Registro Electoral, lo que configuró un claro favorecimiento a unos candidatos en desmedro de otros (aunque violaba la ley, no se le informó a todos los candidatos que podían hacer lo que solo se le permitió al PSUV).

Las milicias, que tanto preocupan por su uso para favorecer una de las parcialidades políticas, son un cuerpo especial de reservistas organizado por el Estado venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial, y no se les considera funcionarios públicos. A las milicias habría que considerarlas como funcionarios públicos, o expresamente impedirles usar el uniforme para actividades políticas.

La Ley Orgánica de Procesos Electorales hace referencia a dieciocho prohibiciones de campaña, y algunos de estos son ilícitos que podrían favorecer a algún candidato, y se los sanciona con multa.

El Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Resolución N° 130118-0005, del 18 de enero de 2013) establece prohibiciones relacionadas con la propaganda electoral; fijación de propaganda electoral en lugares o instituciones públicas; retiro o destrucción de propaganda electoral; limitación a ciertas horas de la campaña electoral mediante sistemas de amplificación de sonido, y muchas otras. También se regulan prohibiciones a los funcionarios públicos.

Ante el incumplimiento de alguna de las prohibiciones establecidas en la Lopre, o en el Reglamento, la sanción de multa puede ir de 15 unidades tributarias (15 UT) a 7.000 unidades tributarias (7.000 UT) o arresto proporcional, a razón de un día de arresto por unidad tributaria, dependiendo del artículo de la Lopre que se esté aplicando.

En el pasado, los tribunales penales han considerado delito el romper un listado electoral, la destrucción de un comprobante de votación, romper la papeleta de votación, el ejercicio del sufragio en dos oportunidades en un mismo proceso electoral, o el tirar el comprobante de votación se ha considerado hurto de material electoral. Todas estas actuaciones pueden seguir siendo sancionadas, pero no por ser propiamente electoral, sino por ser bienes públicos; o falsificar un acta de resultados electorales puede ser sancionada como una certificación falsa (artículo 77 de la Ley Contra la Corrupción).

El Consejo Nacional Electoral es del criterio de que no puede regular la actividad de los candidatos fuera del lapso de campaña establecido en el cronograma electoral, razón por la que no sanciona otras conductas distintas al llamado a votar por determinada candidatura o por alguna parcialidad política fuera del lapso de campaña, me explico, el llamado a votar sí es sancionado si se hace fuera del lapso de campaña, pero es lo único que se sanciona.

El uso de bienes públicos, tales como carros, aviones, materiales, etc., a favor de una candidatura es un delito denominado peculado de uso regulado en la Ley Contra la Corrupción.

Sabemos que Consejo Nacional Electoral no tiene mayor interés en perseguir las violaciones de los afectos al gobierno, pero me parece que el esfuerzo debe estar en presentar las denuncias –con sus debidos soportes–.

@rangelrachadell