Por Jesús Rangel Rachadell
Artículo de opinión publicado en: http://www.el-nacional.com/opinion/Falsa-Seguridad_0_458354266.html
Veo un fiscal de tránsito a lo lejos, desde los 17 años
-invariablemente- me entra un escalofrío en el cuerpo, hago un inventario legal
y me tranquilizo, tengo todos los papeles en regla.
Distingo un funcionario de algo que denominaban Indepabis,
Sundecop o algo parecido, pero que ahora se denomina Sundee (Superintendencia
Nacional Para la Defensa de los Derechos Socio Económicos), traspasando el
umbral de la tienda, mentalmente hago el inventario legal y se me complica.
Para empezar, el 30% que la ley me permite ganar depende de los gastos que me
aceptan rebajar, el problema es la discrecionalidad del funcionario respecto a
cuales acepta o no.
Toca la puerta de la oficina un representante del IVSS,
tengo cuanto papel me pueda pedir pegado en una cartelera, bien a la mano; si
me piden una barajita de esas le digo “te la tengo”.
De aquí en adelante lo que se pueda decir vale para el
Seniat, Sundee, Sumat, Incodir (Instituto Nacional contra la Discriminación
Racial), los Observatorios Laborales, la Inspectoría del Trabajo, el Ministerio
de Energía Eléctrica), y un largo etcétera de organismos a los cuales las leyes
que los crean, tales como la Ley Orgánica del Trabajo Los Trabajadores y las
Trabajadoras -que permite poner preso a los accionistas de una empresa por el
incumplimiento de las obligaciones laborales-, la Ley Orgánica de Precios
Justos, la Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, la Ley de energía
Eléctrica, la Ley contra la Discriminación racial, por nombrar unas pocas; le
otorgan facultades a sus funcionarios para fiscalizar y dejar constancia de los
hechos que pueden dar lugar a las sanciones de las que se hablará a
continuación.
El funcionario -un tipo alto, pelo liso, con los ojos
rayados- empieza: deme la certificación platónica de eficiencia en el
cumplimiento de sus obligaciones naturales con el Estado; deme copia de todos
los archivos de personal desde el año 1984; deme la constancia de pago del
impuesto al valor agregado –le explico al funcionario que no le corresponde
solicitar ese recaudo ya que es facultad del Seniat-, mejor que no. El fulano
se convierte en una fiera, me dice que ahora sí voy a saber lo que es pedir
requisitos, que no le vuelva a revirar o me pone preso; sí señor, me van a
poner preso.
El Estado socialista, madurista, pesuvista, ha creado un
tinglado de regulaciones que permite poner preso a cualquiera; si hace porque
hace, si no hace, es porque no hace; las leyes mencionadas consideran algunas
acciones muy humanas tan reprensibles que es necesario poner preso, con pena de
prisión o presidio, a todo aquel que incurra en esas acciones; se considera la
revelación de un tipo de información como delito, o el no entregar otro tipo de
información también es delito. En definitiva, estamos contra la pared.
Después de darle al funcionario todo lo que me pide, y algo
más (a riesgo de que alguien me pueda meter preso por la comisión de alguno de
los delitos previstos en la Ley Contra la Corrupción); el funcionario me dice
-más tranquilo que un ojo de vidrio- que lo disculpe, pero es que le dieron la
orden de que me tenía que cerrar, y que me quede tranquilo que es solo por 3
días.
A todas estas, en el televisor de la oficina aparece el
flamante ministro declarando a los medios de comunicación que allanaron la casa
de una doñita de pelo blanco (que casualmente usted conoce), que se hace pasar
por tercera edad, y que en la despensa de esa casa encontraron 4 potes de
mayonesa, una paca de harina de maíz, 6 potes de salsa de tomate y 3 frascos de
acetona; e informa que los bienes serán vendidos al precio oficial determinado,
y que a la señora la pusieron a la orden de la fiscalía por estar incursa en el
delito de acaparamiento previsto en el artículo 54 del Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos (Gaceta Oficial Nº 40.340, de fecha
23 de enero de 2014), que sanciona con pena de 8 a 10 años de prisión esa
acción; casualmente esta ley no establece cuánto de acumulación de bienes es
acaparamiento, ya que es un facultad discrecional del funcionario de turno
determinar si hay o no el acaparamiento.
El funcionario, que todavía no se había ido, me sonrió y le
brillaron los ojos rayados.
@rangelrachadell
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