La Constitución define que son ciudadanos los venezolanos, titulares de derechos y deberes políticos, que no estén sujetos a inhabilitación política (art. 39); y en su artículo 42, que: “El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley”.
Por
otra parte, el artículo 65 de la Constitución declara que la inhabilitación
para ejercer el derecho político de optar a un cargo de elección popular
proviene de una condena con pena restrictiva de la libertad, por delitos
cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el
patrimonio público. Solo una sentencia puede restringir el acceso a cargos de
elección popular; y cualquier otra vía que limite los derechos políticos es
inconstitucional. Los procedimientos administrativos no pueden generar
inhabilitación política, porque así no lo establece la Constitución.

El
artículo 99 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra la Corrupción
(2014), establece la inhabilitación política para quien sea condenado por
alguno de los delitos previstos en esa ley y, por lo tanto, no puede optar a
cargos públicos o de elección popular a partir del cumplimiento de la condena y
hasta por cinco (5) años. Esta ley faculta al contralor para imponer
inhabilitaciones al “funcionario o empleado público”, tales como los fiscales
–que menciona el mismo artículo–. Lo cual guarda similitud con lo dispuesto en
la derogada Ley de Carrera Administrativa, que en su primer artículo aclaraba
que “A los efectos de la presente Ley las expresiones funcionario público,
empleado público y servidor público tendrán un mismo y único significado”, y
que “Los funcionarios públicos pueden ser de carrera o de libre nombramiento y
remoción” (art. 2). Los funcionarios por elección nunca estuvieron incluidos en
esa ley, y tampoco en la vigente Ley del Estatuto de la Función Pública, y los
funcionarios al servicio del Poder Legislativo Nacional están excluidos por
mandato de esa ley. Hacer extensivo el criterio de que los diputados electos
por elección popular son funcionarios públicos susceptibles de ser
inhabilitados por el contralor es tergiversar y adulterar el significado de la
ley.
La
inhabilitación a María Corina Machado, a Enzo Scarano, a César Pérez Vivas, a
Pablo Pérez, a Daniel Ceballos, y posiblemente a otros dirigentes opositores
son actos administrativos y no es la sentencia que podría afectar sus derechos.
A los actos administrativos no puede atribuírsele los mismos efectos de una
decisión emitida por la autoridad jurisdiccional. Un funcionario de un
ministerio que sea declarado responsable administrativamente tras un
procedimiento previo no podrá ocupar cargos en la administración pública,
mientras no se venza el plazo de la inhabilitación para el ejercicio de
funciones públicas que le hubiere establecido el contralor. Personalmente no
estoy de acuerdo con estas inhabilitaciones, en ningún caso, pero esa
explicación rebasa el propósito de este artículo.
En
la sentencia N° 1.547, de fecha 17-10-2011, mediante la cual la Sala
Constitucional declaró que era inejecutable la decisión de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos a favor de Leopoldo López, se expuso: “…
esta Sala advierte que la inhabilitación administrativa impuesta al ciudadano
Leopoldo López Mendoza no le ha impedido, ni le impide ejercer los derechos
políticos consagrados en la Constitución… La Sala declara que el ciudadano
Leopoldo López Mendoza goza de los derechos políticos consagrados en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por tratarse solo de una
inhabilitación administrativa y no política”.
A
Leopoldo López no lo dejaron postularse –aunque el TSJ aseveró que no le habían
afectado sus derechos políticos–, como en toda buena dictadura es lógico este
tipo de fraude, el tener derechos políticos que no pueden ser ejercidos.
Esta
legislación ha sido usada para perseguir a los líderes de la oposición, por
ello será revisada cuando ganemos la Asamblea Nacional, con el apoyo
mayoritario de los venezolanos, ya que tenemos que detener a este gobierno
abusivo.
@rangelrachadell